COMUNICADO
El Partido Solidario Córdoba expresa su rechazo al proyecto de ley que busca derogar la Ley Nacional N° 26.160, presentado en la Cámara de Diputados por parte del Bloque La Libertad Avanza. La Ley declaró la emergencia en materia de posesión y propiedad de las tierras tradicionalmente ocupadas por comunidades indígenas.
Además, repudia enérgicamente la frase “usurpaciones llevadas a cabo por los mapuches y por otros pueblos originarios”. Nuestra Constitución Nacional en su artículo 75 inc. 17 dispone que le corresponde al Congreso reconocer la preexistencia étnica y cultural de los pueblos indígenas, y establece derechos específicos como la identidad cultural, la educación bilingüe e intercultural, la personería jurídica de las comunidades, la posesión y propiedad comunitarias de las tierras que tradicionalmente ocupan, y el derecho a participar en la gestión referida a sus recursos naturales y a los demás intereses que les afecten.
A la vez, el derecho internacional reconoce el derecho de los pueblos indígenas sobre sus territorios: el Convenio N°169 de la OIT establece el deber estatal de “salvaguardar el derecho de los pueblos (indígenas) a utilizar tierras que no estén exclusivamente ocupadas por ellos, pero a las que hayan tenido tradicionalmente acceso para sus actividades tradicionales y de subsistencia”; la Declaración de Naciones Unidas dispone que “los pueblos indígenas tienen derecho a poseer, utilizar, desarrollar y controlar las tierras, territorios y recursos que poseen en razón de la propiedad tradicional u otra forma tradicional de ocupación o utilización, así como aquellos que hayan adquirido de otra forma”; y, la Declaración Americana determina que tienen derecho a las tierras, territorios y recursos que tradicionalmente han poseído, ocupado o utilizado o adquirido.
El sistema interamericano ha reconocido la vinculación estrecha que guardan los pueblos indígenas con las tierras, así como con los recursos naturales de los territorios ancestrales, relación de importancia fundamental para el goce de otros derechos humanos de los pueblos indígenas y tribales, que se emparenta con la existencia misma de los pueblos. También, ha establecido que los pueblos indígenas que pierden la posesión total o parcial de sus territorios, mantienen sus derechos de propiedad sobre tales territorios, y tienen un derecho preferente a recuperarlos, incluso cuando se encuentren en manos de terceros.
Por último, el Partido Solidario manifiesta que se debe reparar el despojo histórico que vienen sufriendo los pueblos indígenas desde la creación del Estado, como la destrucción de sitios ceremoniales sagrados, restos sensibles para los pueblos indígenas y por ello, sostener la emergencia dispuesta por la Ley Nacional N° 26.160 para garantizar la seguridad jurídica en torno a la protección del territorio comunitario indígena.
¡No son usurpadores!